Desde
hace varias décadas se ha venido sosteniendo un extenso debate en torno al
divorcio, el cual en estos últimos días
ha causado polémica y revuelo ya que nuestro Parlamento aprobó la ley
que modifica la Ley del Matrimonio Civil a
la que suele hacerse referencia como “ley de divorcio” o “divorcio Express”
y que contempla el divorcio vincular; es decir, abre la posibilidad de la
disolución del vínculo conyugal válidamente contraído.
Se
ha dicho mucho desde que el Congreso aprobó esta propuesta de ley de “divorcio rápido”
que faculta a las notarias y municipalidades a realizar este proceso. Ante tal
controversia, porque si bien es cierto nuestro Congreso ve en esta ley una
disminución de costos y un “boom” en
cuanto a materia procedimental porque para éstos se modernizarían las leyes
estipuladas que datan de 60 años de antigüedad, más no toma en cuenta la
esencia de todo este problema que es la ruptura de la célula básica de la sociedad
que es por excelencia la familia.
Mencionado
lo anterior la Iglesia
dijo que atenta contra la familia y coincido con la misma porque el
superfluamente se le está dando importancia a otros aspectos sin darse cuenta
de lo que produciría esta ley que no sería más que una ola de separaciones
Entonces
dicho esto, es necesario que demos pase a la interrogante planteada al inicio
de esta investigación, que es la siguiente: ¿El
Divorcio rápido o “Express” realmente
favorecerá a la familia? la que tiene
como objetivo general: Determinar
los aspectos positivos y negativos del Divorcio Rápido. Y como objetivos
específicos los siguientes: Conceptualizar el Divorcio Express,
identificar qué papel tienen los hijos dentro del contexto del Divorcio,
analizar si este proceso sólo es una muestra de modernización de leyes,
precisar la diferencia entre matrimonio y familia y determinar y por último
cuáles son las causas de la ruptura familiar, teniendo en cuenta si es
favorable la separación o no.
Debemos
detallar la importancia de este tema que radica en qué papel juega la ética en
este debate sobre el divorcio y por qué es importante vincularla con el mismo,
siendo la ética la ciencia que estudia el desenvolvimiento de la conducta
humana, desde esta perspectiva, surge un grupo que considera que la
legalización del divorcio en el país no impediría a los esposos seguir viviendo
su matrimonio como sacramento, respetando su indisolubilidad. Como estudiantes
de Derecho es fundamental tratar estos temas ya que nos llevan al análisis y de
esa manera entrar en debate y tratar de darle solución a la problemática ya que
es un tema que nos involucra a todos porque en nuestro Gobierno debe primar el bienestar del seno familiar
siendo éste el que se preocupe por
"concebir y aprobar leyes en favor de la familia,
que la protejan y la orienten hacia caminos de integración, de educación y de
éxito en el amor mutuo". Reconociendo
a la familia como el pilar de la sociedad, en consecuencia, en la
necesidad de proteger al máximo, dentro de lo posible, su estabilidad.
Empezaré
pues a desarrollar el tema, no sin antes dar una introducción sobre el
matrimonio y la familia, sobre todo la influencia de los mismos en el orden
social. Como es conocido, el matrimonio visto desde el
punto de vista jurídico es una institución que requiere de compromisos, del
cual aflorarán un sin número de derechos y obligaciones, los cuales son
recogidos por nuestro ordenamiento normativo, los mismos que libremente aceptan
al comprometerse y que como veremos más adelante se resquebrajarán y darán
origen al ya conocido divorcio. Asimismo daré a conocer el papel que juegan los
hijos dentro de esta unión conocida como matrimonio y como es que cuando dicha unión
se disuelve, éstos son los más afectados en la mayoría de los casos y
finalmente abordaré todo el Divorcio Express propiamente dicho y como
consecuencia de lo antes mencionado haré hincapié en los pro y contras del
mismo determinando el por qué este es considerado como un facilismo.
No puedo dejar de lado algunas de las
posturas que sostuvieron personajes como la Directora del Movimiento
Manuela Ramos, Dra. Gina Yáñez de la
Borda y la presidenta de la Segunda Sala
Especializada de Familia, Dra. Jeanet Tello Gilardi, que aunque en muchas cosas
no coincido con las mismas, alguno de sus argumentos son válidos y acertados.
Sin embargo estas opiniones serán tratadas y respectivamente analizadas más
adelante de la investigación.
Daré
inicio a mi investigación con lo que considero la base de todo este problema
que es en un inicio el matrimonio, por ende la familia y la convivencia de la
misma.
El
matrimonio es una institución natural: con ello quiero decir que nace de la
naturaleza humana y que su esencia, sus propiedades y sus fines, son de ley y
derechos naturales. En suma, “llamamos matrimonio a aquella forma de unión de
varón y mujer que responde a la condición de persona del hombre, a lo que son
varón y mujer por naturaleza en su mutua relación”[1].
Entonces de ser el matrimonio una realidad natural se deduce la siguiente reflexión:
- El matrimonio no es un contrato civil[2]. Cuando
se habla del matrimonio como contrato civil, se quiere decir que consiste
en el mutuo acuerdo para vivir maritalmente conforme a las leyes civiles,
esto es, conforme a la legalidad vigente. El matrimonio seria, según esto,
producto de una legalidad positiva. Empero el matrimonio no es una simple
legalidad sino que es la unidad en las naturalezas, además tampoco es una
institución de derecho positivo. Es una institución de derecho natural,
regulada en determinados aspectos por el derecho positivo.
Con todo este argumento planteo lo siguiente: ¿El matrimonio sólo es un vínculo jurídico?
Claramente “el matrimonio crea
un vínculo jurídico entre el varón y la mujer mediante el cual cada uno está
unido al otro por una serie de derechos y deberes nacidos de la entrega de cada
uno al otro y su correspondiente aceptación”[3].
Sin embargo se debe aclarar que el vínculo jurídico une lo que por naturaleza
ya está destinado a unirse. Por lo tanto su función es regular, dar publicidad
y otorgar seguridad jurídica a lo que ya existe. No obstante no se puede
limitar a la concepción del matrimonio al concebirla sólo y exclusivamente como
un vínculo jurídico ya que el matrimonio es producto de la naturaleza humana
por lo tanto es preexistente a todo acto jurídico. Pero éste se realiza para
dar a conocer la decisión de unir la vida de los cónyuges basándose a que es
una decisión muy fuerte digna de ser
publicada y sobre todo reconocida. Paso a otra parte de suma importancia que es
la esencia del matrimonio que “es la comunidad de vida y amor, así el vínculo
jurídico solo tendría una función subsidiaria de ayuda para regular y
estabilizar la unión”[4],
ahora bien debido a esto no se puede afirmar que el vínculo es algo innecesario
ya que éste representa la realización del compromiso.
La
vida matrimonial empieza cuando se establece el vínculo claro el cual está basado en el amor mutuo y
correspondido además con el comportamiento y el obrar como lo que marido y
mujer. En consecuencia: “marido y mujer no son matrimonio porque viven como
casados sino que viven así porque ya se han casado”[5].
En una entrevista
efectuada al doctor Hervada sobre El Matrimonio. Lo que es y no es el amor
conyugal, se dice a modo de introducción que “La institución del matrimonio es
un tema entrañablemente unido con el ser humano y de tal solidez y envergadura
en su verdadera esencia, inmutable por la ley de Dios, que no pueden exponerse
a la intemperie de las corrientes de opinión”; que existe “… una serie de
ideologías de tinte materialista y ateo, que pretenden dar “un aire nuevo” a lo
que en el matrimonio es irrevocable, no ya desde un punto de vista cristiano,
sino enfocado desde un ángulo social; y que se olvida que el matrimonio, a lo
largo de la Historia ,
y en todas las civilizaciones, al ser un bien de importancia capital, tanto
para los individuos como para la sociedad en su conjunto, se ha considerado
como algo sagrado y digno del máximo respeto”.[6]
Esa forma coincidente con
las ideas antes reproducidas, el entrevistado afirma que “… los rasgos
fundamentales y más nucleares del matrimonio son de Derecho Natural, vienen
dados por la misma naturaleza humana. Por esa parte, no hay evolución ni
renovación posible. El que pretenda renovar por ahí, no renueva, sino que deforma
y en parte destruye la sociedad conyugal. La renovación, en lo que el
matrimonio es de Derecho Natural, no es más que su envilecimiento, tanto mayor
cuanto mayor es la pretendida renovación”. Añade que los rasgos fundamentales e
inamovibles de la sociedad conyugal se resumen en la idea central de que ella
consiste en la unión de un hombre y una mujer para siempre. Que la ley natural
que regula el matrimonio
busca y quiere los mismos
bienes que el verdadero amor conyugal; y que el matrimonio no es un producto
cultural, un invento más o menos feliz de los hombres, sino una institución
dada por la Naturaleza ,
impresa en el ser del varón y de la mujer en forma de inclinación natural
respectiva, por lo que no hay muevas fórmulas posibles.
Para
terminar con el desarrollo del matrimonio no podemos dejar de lado sus
propiedades esenciales que son aquellas propiedades del vínculo o unión de la
pareja que dimanan de su esencia. Estas propiedades son dos: la unidad y la
indisolubilidad. Ambas nacen de ser el matrimonio una unidad en la naturaleza.
Significan que la capacidad de ser marido y mujer sólo se desarrolla en toda su plenitud y
perfección aquella plenitud y perfección que es adecuada a la persona
humana-cuando se orienta y se desarrolla en relación a una sola mujer y a un
solo varón, de tal que únicamente la muerte pone límites a esa capacidad.
En
cuanto a la primera propiedad: la unidad equivale a monogamia y quiere decir
que el matrimonio solo puede existir entre un varón y una mujer por ser la
unidad en la naturaleza exclusiva y excluyente. Y esa exclusividad comporta la
plena coposesión mutua, por lo cual resulta inmoral e injusto las relaciones
con terceros.
La
segunda o indisolubilidad hace alusión a que el vínculo jurídico que
constituye el elemento formal de la esencia del matrimonio es un vínculo de
derecho natural y, por lo tanto, no puede ser disuelto por ninguna potestad
humana: ni por voluntad de los contrayentes, ni por sentencia de un juez, ni
por una ley positiva.
Por
ser de derecho natural, solamente se puede disolver el vínculo matrimonial por
una causa intrínseca, en virtud de la cual desaparezca algunos de los
componentes esenciales del matrimonio, esto ocurre con la muerte de uno de los
dos cónyuges, que es causa de disolución del matrimonio.
Las
vicisitudes de la vida matrimonial pueden llevar a la separación, esto es, si
provocan una interrupción en la comunidad de vida. Ahora bien sobre los
argumentos que se alegan para un divorcio hay que considerar que todos ellos
parten de la base de que el matrimonio es un contrato civil o vinculo de
derecho positivo y se refieren a los hipotéticos casos en lo cuales el derecho
positivo podría establecer la disolución del vinculo.
Estos
argumentos son falsos ya que el vínculo matrimonial no es de derecho positivo,
sino de derecho natural; por lo tanto, es inútil hablar de causas que el
legislador debería admitir como motivos de divorcio, puesto que no puede
disolver el matrimonio. Todos los argumentos divorcistas caen en la falacia
existencial, intentando trasladar los defectos
de la vida matrimonial al matrimonio, lo cual no es posible.
Siendo
el matrimonio indisoluble, las sentencias de divorcio no disuelven realmente el
matrimonio, en realidad son sentencias que producen la ineficacia jurídica del vínculo,
lo cual es incorrecto. Como consecuencia de la indisolubilidad, la posterior
unión de los divorciados no es verdadero matrimonio.
Señalado lo anterior es fundamental lo
que produce esta unión de varón y mujer llamada matrimonio, da lugar a la “familia”.
Empezaré por dar la definición de la misma: “la palabra familia
significa. (Del lat. familĭa). Grupo
de personas emparentadas entre sí que viven juntas”.[7]
“Es
la célula primigenia, irreducible y fecunda expresión y sociabilidad humana, es
la asociación espontánea y natural. Es un hecho natural de trascendencia social
nace del vínculo matrimonial de las relaciones de parentesco, de la filiación,
adopción o de la convivencia”[8]
La familia es considerada la unidad
básica de toda sociedad cuya misión moral y espiritual y esta constituido por
el padre la madre y los hijos que son el fruto de todo matrimonio.
Es
la institución social más elemental que influye con valores y pautas de conducta que son presentados especialmente
por los padres, los cuales van conformando un modelo de vida para sus hijos enseñando normas, costumbres, valores que contribuyan en
la madurez y autonomía de sus hijos, lo cual brinda a sus miembros,
estabilidad emocional, social y económica. Influye en
este espacio la religión, las buenas costumbres y la moral en cada uno de los integrantes más
pequeños. Por ello, los adultos, los padres son modelos a seguir en lo que dicen y en lo que
hacen. La importancia de valores morales como la verdad, el respeto, la disciplina, la autonomía, etc. hace que los
hijos puedan enfrentar el mundo que les rodea de manera madura y protagónica.
FUNCIONES DE LA FAMILIA
La
familia en la sociedad tiene funciones que tienen relación directa con la
preservación de la vida humana como su desarrollo y bienestar. Las funciones de
la familia son las siguientes:
FUNCIÓN REPRODUCTORA:
el hombre es un ser social por naturaleza por lo cual necesita relacionarse con
personas con los que pueda convivir y compartir experiencias.
El
hombre busca amor, comprensión, apoyo por lo cual necesita unirse a otra
persona para poder realizarse como persona y ser feliz. El fin del matrimonio
son los hijos, el hombre y la mujer son reproductores por naturaleza y los
hijos son el fin del matrimonio para poder así conformar una familia nuclear.
FUNCIÓN PROTECTORA:
la función primordial de la familia es protegerse, amparándose, apoyándose
mutuamente y sobre respetándose entre sus miembros.
Los
padres dan seguridad y cuidado a los hijos, les brindan apoyo y sobre todo
amor.
FUNCIÓN ECONÓMICA:
es realizada por los padres y también por los hijos, esta función se encarga de
satisfacer las necesidades básicas., como el alimento, techo, salud, ropa, etc.
FUNCIÓN EDUCATIVA:
la función educativa es una necesidad básica porque la educación es primordial
para los hijos, para que ellos tempranamente aprendan a socializar con los
valores, hábitos, costumbres, etc.
Ahora
bien, llegamos al punto más importante y el culminante de este ensayo que es el
definir el término divorcio, por ende daremos el concepto del divorcio Express
y analizaremos sus aspectos positivos y negativos para así dar respuesta a la
interrogante anteriormente planteada.
Empezaremos
por decir que el divorcio se puede definir como
"la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la
posibilidad de contraer otro matrimonio". Éste a su vez es conceptualizado
como "la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a
solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos
(Divorcio por mutuo consentimiento) sanción resultante de una acción encaminada
a obtener la disolución del matrimonio".
Es decir que el divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y
definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de
una autoridad judicial facultada por las leyes.
Sin embargo en estos últimos días esta ruptura se ha convertido en
mucho más polémica que antes ya que se ha adoptado una nueva forma de
disolución a la que se ha denominado como Divorcio
Express que a diferencia del divorcio convencional, el primero tiene un
proceso que se ha de realizar en un periodo de tiempo casi veloz y en donde los
“requisitos” para el mismo son casi manejables.
Claro los requisitos para llevar a cabo este proceso son de suma
importancia para quienes han decidido optar por esta nueva modalidad, sin
embargo son muy pocos quienes se han interesado en lo que originará la misma en
la familia, no se ha interesado en estudiar el fondo de esta problemática sino
en tratar de acelerar dicho proceso para así “dar el bienestar que las familias
tanto anhelan”. Lo anteriormente dicho es visto por muchos como la mejor excusa
para dar fin a la unión matrimonial, sin embargo veremos que en muchos casos no
es de esa manera, aunque en definitiva la mayoría de la población o no está al
tanto del verdadero significado de este problema o están convencidos de la
verdadera solución que dará este divorcio rápido, esto fue evidenciado en la
encuesta realizada a fin de sondeo.
Quiero resaltar lo siguiente ¿cuál
es el problema que se desea enfrentar?
Quienes han propuesto esta ley intentan acortar el proceso de divorcio que en
el poder judicial dura al menos un año y medio; y, además, desean abaratar el
costo. Se argumenta que la ley permite el acceso de los más pobres a la
justicia y a menor costo. Entonces de ser así, podría
pensarse, inicialmente, que es una buena ley y que resuelve un problema real,
sin embargo, el tema clave no es lo que dura o lo que cuesta un
proceso de divorcio sino por qué se llega a esa situación de ruptura. Si se
plantean medidas para reforzar la vida matrimonial habría menos procesos de
divorcios y, por tanto, bajaría la carga procesal de los juzgados, etc. Hay que
atacar el problema de fondo, y ser coherentes con la Ley de Fortalecimiento de la Familia y el Plan Nacional
de Apoyo a la Familia ,
actualmente vigentes.
Como
vemos, se está enfrentando una consecuencia del problema de fondo, que va
destruyendo el sentido de la realidad matrimonial. Cambiar la estructura del
matrimonio y al mismo tiempo extenderlo para todos es una maniobra contradictoria
que acaba con la institución.
Entramos
a una dialéctica que es tramposa. El divorcio, por su propia lógica, sigue
exigiendo reformas. En cualquier sistema de divorcio prima el bien del
individuo frente al bien común del matrimonio y la familia. El marco legal
apoya las tendencias que causan la quiebra del matrimonio, y no las tendencias
que fomentan su unión y carácter mutuo. En vez de una "legislación de
modelos" (naturaleza y sentido del matrimonio para reforzarlo), se elige
una "legislación de remedios" y ello hace que las uniones se vean
como condicionales.
Pero,
hay una problemática que desean solucionar: largos procesos de divorcio y
costos elevados.
Suponiendo
que el problema esté bien definido -algo en lo que no estoy de acuerdo -, cabe
preguntarnos si hay otras alternativas que pueden ayudar a reducir la carga
procesal -allí estriba, en buena parte, la calidad directiva -, de modo que los
jueces puedan atender adecuadamente los casos de divorcios y que los costos
sean menores. Por ejemplo, reforzando el trabajo de los magistrados, y formando
profesionales que puedan ser un buen soporte para orientar mejor a los miembros
de una familia en peligro, etc. Esto puede ser una ayuda más relevante y decisiva.
Muchos
cónyuges que afrontan el doloroso proceso que entraña un divorcio se plantean
otras cuestiones, que conviene considerar, independientemente de que el proceso
sea lento o rápido. Por ejemplo, la monoparentalidad es una experiencia nueva y
desgarradora para los propios protagonistas y sus hijos; y de esto es necesario
hablar. Los efectos en los propios cónyuges y más aún en los hijos, se notan
con el tiempo.
Hay opiniones encontradas sobre
si con la ley aumentaría o no el número de divorcios, en
otros países con leyes similares, se comprueba un aumento significativo del
número de divorcios. En España, con el divorcio express que se puso en vigencia
el año 2005 el número de rupturas matrimoniales se incrementó en un 74,3% al
año siguiente. Ocurrió igual con otras medidas permisivas. Por ejemplo la
distribución indiscriminada de preservativos generó en muchos países una mayor
promiscuidad sexual y embarazos no deseados.
Cuando
tenemos un compromiso con un horizonte de tiempo largo, se nos exigirá a todos
un mayor esfuerzo, lo que nos lleva a sacrificarnos con mayor esmero. En
cambio, cuando el horizonte de tiempo del compromiso es corto, no lo valoramos
tanto porque exige menor esfuerzo. Por ello, cuando los requisitos para acabar
un matrimonio son muy fáciles -en tiempo, costo, trámites, etc. -, la
consecuencia lógica es que las situaciones de divorcio se promuevan, aunque no
sea lo inicialmente buscado. Podemos llegar a extremos en los que divorciarse
sea más barato, por ejemplo, que cancelar una línea de una compañía telefónica.
Se afirma que la ley sólo
facilita algo que ya está decidido, entonces es
cierto que una ley para facilitar el divorcio nunca ‘obliga‘, pero también lo
es que es más fácil contagiarse si te obligan a vivir en un ambiente propenso
al contagio de enfermedades. Qué duda cabe que todos los matrimonios pueden
sufrir altibajos y momentos difíciles que, en muchos casos, el tiempo y la
generosidad mutua, permiten superar llevando a un crecimiento personal y
conyugal más profundo: el matrimonio se hace en un momento; la vida conyugal se
construye en ‘cada momento‘.
Es por ello que la fidelidad -vivir según el compromiso adquirido- es muestra del amor que llevó a tal compromiso. Así, aprender a amar no es sólo aprender a comprometerse: es también aprender a disfrutar de los engrandecedores alcances de la fidelidad. El horizonte del amor permite vivir más allá del conflicto. "Tirar la toalla" ante los primeros problemas no es siempre la solución y origina profundas heridas en las personas que lamentan haber fracasado en una de las decisiones más relevantes de su vida.
Es por ello que la fidelidad -vivir según el compromiso adquirido- es muestra del amor que llevó a tal compromiso. Así, aprender a amar no es sólo aprender a comprometerse: es también aprender a disfrutar de los engrandecedores alcances de la fidelidad. El horizonte del amor permite vivir más allá del conflicto. "Tirar la toalla" ante los primeros problemas no es siempre la solución y origina profundas heridas en las personas que lamentan haber fracasado en una de las decisiones más relevantes de su vida.
No
puedo dejar de mencionar el papel del Estado frente a esta nueva problemática
ya que más que facilitar el divorcio, se debería fortalecer el matrimonio y la
familia. Hay evidencias estadísticas que van mostrando las grandes bondades que
implica para una sociedad el contar con matrimonios estables; y los grandes
costos sociales que implica la ruptura de las familias. Cuando las familias se
destruyen se incrementa el nivel de pobreza, la violencia doméstica, el uso de
drogas, los trastornos sicológicos, los nacimientos de hijos fuera del
matrimonio, etc. Medidas como las adoptadas van en esta línea y el tiempo se
encargará de mostrar los efectos directos y colaterales de esta decisión.
[1] HERVADA, J. “Consideraciones sobre la noción de Matrimonio.
Colección Jurídica EUNSA. España. 1983
[2] NAVARRO,
R. y VALLET de G. “Matrimonio y
Derecho”.Editorial Tecnos. Madrid. 1994
[4] LOPEZ ANZOS Enrique Martín. “Familia y sociedad una Introducción a la Sociología de la Familia ”; Editorial La Española ; Madrid –
España.1991
[5] VILADRICH Pedro. “Agonía del Matrimonio Legal”; IV
Edición; Editorial EUNSA; Navarra – España.2001
[6] HERVADA, J. (1993). Escritos de Derecho Natural. El Matrimonio: Lo
que es y lo que no es el amor conyugal”. Entrevista a Javier Hervada, Colección
Jurídica EUNSA. Segunda Edición. España. Pág. 304
[7] MARTÍN,
E. Familia y Sociedad una Introducción a la sociología DE LA FAMILIA. Universidad
de Navarra. España.2000
[8]
OSSORIO, M. “Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas
y Sociales”. Editorial Heliasta S.R.L. Buenos Aires: Argentina.1986
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